La Reforma
de la Televisión Nacional en Chile
Valerio
Fuenzalida *
En
Chile, inicialmente tuvimos un régimen
televisivo en el cual no había televisión
privada con fines comerciales. La televisión era
operada por varias Universidades chilenas (las
dos más importantes: la Universidad de Chile y
la Universidad Católica de Chile) y por el
Estado, que fundó, mucho más tardíamente que
las Universidades, prácticamente diez años
después, una empresa que se llamó Televisión
Nacional de Chile, cuya primera tarea fue cubrir
íntegramente el territorio nacional.
Por ello,
nuestra tradición hasta el año 90 fue la
ausencia de la televisión privada. De alguna
manera se pensaba que el pluralismo se podía
garantizar a través de las Universidades, dada
su tradición cultural, plural y de debate.
Con la crisis
militar desde el año 73 al 90, el país surge en
condiciones muy distintas, en primer lugar, se
introduce la televisión privada como una fuerte
competencia dentro del escenario televisivo. Y
por otra parte, la crisis política va llevando a
un cierto consenso en el país, de que la emisora
pública, que había sido operada por los
gobiernos sucesivos en esos años, debería ser
reformada sustantivamente para quitársela al
gobierno. Literalmente eso: quitársela al
gobierno y entregarla al Estado, representado por
algunos Poderes públicos.
Esta reforma
obedece al convencimiento y consenso que se fue
estableciendo en el país, de que la gran misión
pública que debería tener Televisión Nacional
de Chile era garantizar el balance en la
información pública para el país. 30 años de
historia habían mostrado que la carencia de una
información pública plural y balanceada,
habían contribuido a toda la crisis que vivió
el país el país y que culminó con el régimen
militar.
Por lo tanto, la
reforma de la Televisión Nacional de Chile y la
gran misión pública que se le asigna en la
reforma, es la tarea de mantener el balance
informativo y el pluralismo en la información
televisiva.
Al igual que en
otros países, especialmente Inglaterra, en el
caso de la BBC y el de Alemania, lo que se busca
en Televisión Nacional es un pluralismo interno,
puesto que es imposible garantizar -por lo menos
en esos años- un pluralismo externo, dado la
carencia de frecuencias, pero también -y más
importante- dado el altísimo costo que significa
una estación de televisión.
La reforma de
Televisión Nacional de Chile empezó a operar en
1990 antes de su Ley, en el momento en que el
Presidente Alwyn designa al primer grupo
administrativo, que tuvo la tarea de poner en
práctica, dos años antes de la Ley, el
espíritu de esa Ley.
Pero además,
como ese equipo administrativo compartía
totalmente estas directrices, fue el encargado de
elaborar los primeros anteproyectos de esa Ley,
que posteriormente el Ejecutivo enviaría al
Congreso Nacional.
La reforma que
fue promulgada legal y jurídicamente en 1992,
pero que comenzó a operar desde el año 90,
buscó tres grandes objetivos:
El primer gran
objetivo fue otorgar a la estación una
autonomía jurídico-política del gobierno, a
través de una serie de mecanismos que voy
explicar más en detalle. Pero básicamente
Televisión Nacional de Chile es gobernada por un
directorio, el cual es designado, en común
acuerdo por el Presidente de la República y por
el Senado.
El poder total
que tenía el Presidente de la República, único
poder del Estado que dirigía Televisión
Nacional, es ahora equilibrado por la
intervención del Senado en la designación del
directorio. Por lo tanto, pasamos a ser una
empresa pública, que ya no depende del
Ejecutivo, que no depende del gobierno, sino que
tiene un directorio que es designado en común
acuerdo, entre dos Poderes públicos del Estado.
La segunda gran
reforma fue: otorgar a la estación una
autonomía económica, puesto que se entendía
que sin autonomía económica, una autonomía
jurídica era completamente una ilusión.
La tercera gran
reforma fue: una autonomía administrativa, para
garantizar una estabilidad empresarial y una
sanidad de desarrollo como industria.
Voy a referirme
en detalle en primer lugar a la autonomía
jurídico política y después a los otros puntos
de autonomía económica y autonomía
administrativa y empresarial.
¿Cómo nuestros
legisladores y los autores de estos proyectos de
ley quisieron plasmar esta aspiración de una
autonomía jurídico política? Es decir, que
ésta autonomía no fuera solamente una ilusión
o un deseo, sino que eso tuviera un modelo
jurídico que la garantizara.
Uno de los
mecanismos fue designar un directorio integrado
por ocho personas. El presidente del directorio
es designado libremente por el Presidente de la
República y dura lo que dura el periodo de
gobierno del Presidente de la República, el cual
ha sido relativamente cambiante en Chile, de seis
años se ha reducido a cuatro.
En segundo
lugar, hay un director representante de los
trabajadores de Televisión Nacional de Chile, de
los trabajadores de planta, hago esta indicación
porque en televisión hay alrededor de 700
trabajadores de planta. Pero hay alrededor de 2
mil otros trabajadores que trabajan para la
estación. Este director dura dos años.
Y, en tercer
lugar, hay un núcleo de seis directorios que son
nominados en un acuerdo consensual entre el
Presidente de la República y el Senado. Duran
ocho años pero son elegidos por mitad de tres y
tres directores.
Todos estos
directores tienen algunas características. El
presidente del directorio es nominado por el
Presidente de la República pero es inamovible.
Es decir, el Presidente de la República no tiene
facultad legal para destituirlo de su cargo.
El director
representante de los trabajadores tampoco es
removible por los trabajadores. Él tiene derecho
a voz en las reuniones pero no tiene derecho a
voto en las decisiones del directorio.
Finalmente, los
seis directores son nominados en algún acuerdo
entre el Presidente de la República y el Senado,
pero un acuerdo que tiene una serie de
características muy especiales: no son votados
uno a uno; no es que el Presidente de la
República mande una lista de seis y diga votemos
al primero sí o no; se vota la lista completa,
se aprueban los seis o no se aprueban los seis.
Tienen que ser
aprobados por una mayoría calificada no por
simple mayoría de los senadores presentes, sino
que por mayoría absoluta. También son
inamovibles y son renovables por mitades. Todos
estos elementos que parecen minucias legales,
fueron objeto de mucha discusión y lo que se
buscó con esto es garantizar un altísimo
acuerdo y una gran confianza pública de todos
los sectores, oficialistas y de oposición, en
estos seis nombres.
Una de las cosas
que se habían diagnosticado era la inestabilidad
en la dirección de la empresa. Por lo tanto,
dotar a la empresa de una dirección muy estable,
fue uno de los objetivos que buscó la ley y para
cumplir con esos objetivos, se buscaron
mecanismos que garantizaran que los directores
fueran personas de altísima confianza.
Ni la oposición
ni el oficialismo tienen mayoría en el Senado.
Por lo tanto, la ley obliga a un consenso en
personas de confianza mutua, siendo de ideas
distintas.
Estos mecanismos
buscan garantizar la estabilidad, la inamovilidad
busca lo mismo, porque de otra manera puede una
mayoría ocasional enjuiciar a un director de
televisión nacional y destituirlo
políticamente. La no posibilidad de
destitución, busca la seguridad en el cargo para
que puedan realizar la tarea de dirigir una
empresa sin presiones de mayorías ocasionales
del Senado.
Estos son
mecanismos que fueron muy discutidos y a través
de los cuales se quiso lograr que la autonomía
no fuera meramente un ideal o un buen deseo que
después del fragor político se va acabando. Son
mecanismos que podrán ser revisables, mejorables
pero que intentan garantizar estabilidad y
autonomía en la dirección de la empresa.
Existen otros
mecanismos que también están contemplados en la
ley y que también buscan esa autonomía y
estabilidad. El vicepresidente del directorio de
la Televisión Nacional tiene que ser una persona
de alta confianza del directorio. Por lo tanto
también es nominado por una mayoría calificada
de cinco de siete votos. Nuevamente se busca esa
alta confianza y no meramente vencer un voto de
diferencia.
El director
ejecutivo de Televisión Nacional desde cuyo
nivel hacia abajo comienza la estructura
empresarial, distinta de la estructura de
dirección. La estructura de dirección es un
organismo donde están representadas las
distintas sensibilidades político culturales del
país; desde el director ejecutivo hacia abajo
comienza la pirámide empresarial que tiene que
ser de máxima estabilidad y de máxima
confianza.
El director
ejecutivo de Televisión Nacional es nominado por
el directorio con cinco de siete votos y puede
ser removido por el directorio también por cinco
de siete votos. Nuevamente estos altos quórums
están buscando personas de gran confianza que
garanticen estabilidad en el manejo de la
empresa.
El director
ejecutivo participa en el directorio, al igual
que el representante de los trabajadores, con voz
pero sin voto. Hay una nítida diferencia entre
el nivel ejecutivo de la empresa y el nivel
político cultural en que están representadas
las distintas sensibilidades. El directorio es el
lugar de negociación del pluralismo político
cultural. Desde ahí hacia abajo comienza una
empresa a la que la ley buscó darle una fuerte
estabilidad y eso se refleja en este cargo del
director ejecutivo, que tiene que ser nominado y
removido por una gran mayoría.
Igualmente los
ejecutivos superiores de Televisión Nacional son
propuestos por el director ejecutivo, son
personas de su confianza personal, pero también
tienen que ser de la confianza del directorio,
ellos son nominados por una mayoría simple de 4
sobre 7 votos y al igual que el director
ejecutivo, ellos participan con voz y sin voto
cuando son citados por el directorio.
A través de
estos mecanismos jurídicos es como se ha querido
cumplir el objetivo de tener una televisión
pública no manejada por el gobierno, sino
pública en el sentido de que es manejada por dos
poderes públicos, uno es el Presidente de la
República, Chile tiene un régimen
presidencialista y por lo tanto su autoridad
tiene que ser tomada en cuenta, pero también
nominado por otro poder público como el Senado
de la República.
La tradición
política chilena distingue el rol del Senado del
de la Cámara de Diputados, le otorga un rol
mucho más consensual y la cámara política es
más bien la Cámara de Diputados.
Por lo tanto, la
ley ha querido colocar el directorio de
Televisión Nacional bajo poderes públicos que
buscan básicamente el consenso y por lo tanto,
sirva en su programación a los intereses
permanentes del país y no los intereses de los
gobiernos y los ejecutivos elegidos cada 6 años.
Cuando se
discutió en el parlamento la Ley de Televisión
Nacional, nuestro énfasis fue en la autonomía
jurídico política además de otorgar una
capacidad de gestión administrativa, ágil,
flexible, para poder encarar el nuevo escenario
competitivo que se había establecido en Chile
con la televisión privada.
En la
tramitación de la ley, el parlamento acentuó
todavía mucho más estos rasgos de la autonomía
económica y de la autonomía empresarial. O sea,
el parlamento subrayó que el Estado quería
tener una televisión pública, pero una
televisión pública sana financieramente, bien
gestionada, flexible para tomar decisiones y
poder competir en el mercado.
Eso se quiso
lograr a través de una serie de disposiciones
que están normadas, que están puestas
explícitamente en la ley.
Televisión
Nacional no tiene fines de lucro, en eso se
diferencia de las estaciones privadas comerciales
con fines de lucro, pero tiene que
autofinanciarse y eso significa que no puede
recibir dinero del Estado, entregado a través de
un ministerio, no puede comprometer el crédito
del Estado chileno para, por ejemplo, obtener
créditos bancarios, dentro o fuera del país.
Pero tampoco puede donarle espacios al Estado
chileno, porque esos son mecanismos de presión
económica sobre la estación. Si nosotros
recibiéramos dinero del Estado, nuestro director
ejecutivo gastaría muchos meses del año en una
doble negociación anual, primero con el director
del presupuesto para negociar las partidas que
habría que incorporar, y en segundo lugar,
negociar políticamente al interior del
parlamento para que esas partidas fueran
acordadas y otorgadas y ninguna de esas
negociaciones es gratuita. En cada una de ellas
se pierde autonomía. Por lo tanto, los
legisladores fueron tajantes: no van a recibir
dinero del Estado, pero tampoco van a prestar
servicios gratuitos. Nosotros no podemos, por
ejemplo, pasar publicidad gratuita del Estado, el
Estado tiene que pagar.
Todo ello
también busca la competencia leal con las
estaciones universitarias y con las estaciones
privadas. Para lograr eso la estación tiene que
tener una gran capacidad de gestión empresarial.
La Televisión
Nacional no está sometida a las normas
administrativas de las empresas del Estado, sino
más bien al régimen de las sociedades anónimas
abiertas. De esa manera puede constituir
cualquier otra empresa complementaria a su
actividad central de emitir y producir
televisión. Los trabajadores tienen el estatuto
de los trabajadores privados, es decir, tienen
derecho a sindicalizarse y negociar
colectivamente con la dirección ejecutiva y el
directorio de la estación.
Sin embargo, se
ingresa al canal por concurso público. Aquí hay
una mezcla, una hibridación entre lo público y
lo privado. Se tiene estatuto de privado, pero se
debe concursar para obligar a la estación a
tener una gran responsabilidad y transparencia en
la gestión, los balances tienen que ser
sometidos a auditores externos y no de libre
elección, auditores que estén inscritos en el
Registro Público de Auditores y además de ser
fiscalizados por la Superintendencia de Valores y
Seguros y no por la Contraloría General de la
República.
Todos estos
elementos buscan darle a la empresa una gran
autonomía en su gestión, una gran flexibilidad
y, por lo tanto la capacidad de competir en el
escenario cada vez más competitivo de la
televisión en todos los países del mundo.
En las
múltiples reuniones donde hablamos de los medios
del Estado, nos fijamos en la autonomía
jurídico política, en independizar a los medios
de comunicación de la manipulación por parte de
los gobiernos.
Yo creo que la
ley ha introducido ciertos elementos que por lo
menos en el caso de la televisión, son
absolutamente imprescindibles. La televisión es
una industria de altísimo costo y de fuerte
competencia. Si una estación pública no tiene
sanas bases industriales para competir, es una
empresa que tiene pies de barro y una fragilidad
que al poco tiempo va a estar en un estado muy
precario.
Por lo tanto el
tema de la sanidad industrial de una empresa de
televisión, es un aspecto que es interesante de
tomar en cuenta en nuestras discusiones.
*
Valerio Fuenzalida
es jefe de estudios cualitativos de la Dirección
de Programación de la Televisión Nacional de
Chile e investigador del
CENECA y del CPU, además de consultor de UNESCO,
UNICEF, CEPAL-FAO y CIESPAL. Es autor, entre
otros libros, de Televisión y cultura
cotidiana (CPU, 1997). Esta ponencia fue
presentada en la Conferencia Internacional
"El derecho de la información en el marco
de la reforma del Estado en México",
realizada en mayo de 1998 bajo los auspicios de
la Comisión de RTC de la Cámara de Diputados,
la Universidad Iberoamericana, la Universidad
Autónoma Metropolitana, la Fundación Konrad
Adenauer y la UNESCO, y se reproduce en Sala de Prensa con autorización del presidente de la
Comisión de RTC, diputado Javier Corral Jurado.
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